Comentario
Dos eran las grandes formas en que el despacho se podía realizar y que, de hecho, fueron utilizadas a lo largo del siglo XVI. De un lado, se encontraba el llamado despacho a boca o a pie, es decir, un sistema basado en la oralidad y la visión real por el que el monarca, ante todo, oía y era visto, bien recibiendo en audiencia a los que deseaban pedirle una merced o se quejaban por un agravio que contra ellos se cometía -recuérdese a tantos pleiteantes que pretenden ser oídos por el rey y que pueblan la literatura de la época-, bien escuchando directamente a los distintos consejos que le elevaban sus consultas de forma oral.
En segundo lugar, cabía la posibilidad de formalizar un sistema de despacho por escrito, en el que ni los particulares ni los consejos trataban directamente con el rey, que ni era visto ni oía, y en el que las audiencias a pie eran sustituidas por el envío de memoriales y las consultas a boca se convertían en consultas escritas. La figura de los secretarios reales estaba llamada a desempeñar aquí un papel crucial, pues eran ellos los que, primero, se encargaban de trasladar memoriales y consultas escritas al monarca para, después, devolver su respuesta a las partes y a los consejos. Su papel en lo que se llamaba el reparto y manejo de papeles no dejó de crecer a lo largo de la centuria.
El período de los Austrias Mayores supone el retroceso definitivo de la negociación a boca o a pie y, en cambio, el incremento constante de su escriturización en forma de memoriales y consultas escritas. El proceso es especialmente notable durante el reinado de Felipe II, cuya imagen tópica como Rey Papelero está y estuvo muy extendida.
Y, en esto, la fama del rey responde a la realidad histórica si tenemos en cuenta la gran cantidad de manuscritos hológrafos que se conservan de su puño y letra, a los que hay que sumar las, sin exageración, innumerables anotaciones marginales, también hológrafas, con las que llenaba los espacios en blanco de cuantos papeles llegaban a sus manos. Incluso se llegó a recomendar que las cartas y memoriales dirigidos al rey llevasen un amplio margen para que el monarca encontrase espacio para glosar el texto o decretar a su gusto -decretación es una palabra que los secretarios usan para referirse a las marginalia reales.
Algunos historiadores han apuntado razones caracteriológicas para explicar el avance triunfal de la escritura en el gobierno de Felipe II, suponiendo que la personalidad retraída del monarca se reflejaría en el evidente distanciamiento que supone pasar a negociar por escrito y renunciar a dar audiencias o a consultar oralmente con los consejos. Pero, además, como se detenía en anotarlo todo, exigiendo la rectificación o comprobación de los detalles más nimios, aun a riesgo de detener el curso de negocios de la mayor importancia, se ha afirmado que la escritofilia real era una expresión de alguna patología psicológica.
Ya sus cortesanos juzgaron con dureza las tardanzas provocadas por el rey en la negociación de una Monarquía que veían paralizarse por la "menudencia con que su Majestad trata los negocios más menudos", como escribía el Conde de Portalegre en 1597. Y, a medida que el sistema de consulta escrita se fue generalizando, las críticas se fueron haciendo cada vez más fuertes y constantes hasta desembocar en el estado general de descontento que expresa muy bien un famoso Papel a Felipe II de mediados de la década de 1570 y donde se reprocha al rey "negociar por billetes y por escrito, pareciendo a todo el mundo que esto es causa que se despachen pocas cosas y tarde y claramente se ve y así se platica que tratando Vuestra Majestad con los ministros de palabra los negocios se despacha más y mejor en una hora que a las veces en muchos días".
Dejando a un lado la impresionista explicación psicológica que antes mencionábamos, el avance de la escriturización en el despacho de la Monarquía parece haber obedecido a varias razones. En primer lugar, fue consecuencia de la propia estructura politerritorial de una monarquía múltiple como era la Hispánica, pues la escritura podía venir a paliar en algo la no presencia del monarca en los distintos reinos. En segundo lugar, se debió a que, como ya se señala al hablar de los consejos, la negociación por escrito permitía poner algún orden en la maraña de materias que debían ser tratados en una Monarquía que había alcanzado dimensiones universales. Por ejemplo, gracias a las Noticias Diurnas o Dietarios del secretario Antonio Gracián Dantisco se puede calibrar el impresionante volumen de papeles que iban y venían hacia y desde la corte, así como el ritmo imparable de su manejo y reparto dentro de ella. Así, en el mes de febrero de 1571 pasaron tan sólo por las manos del secretario Gracián más de un millar de cartas, memoriales y otros papeles. La forma escrita hacía posible la acumulación y fijación de todas las noticias que se precisaban para la toma de decisiones, haciendo más sencillo, asimismo, que fuesen tramitados los distintos expedientes abiertos. Pero, además, permitía recuperar todo ese caudal de información cuando era necesario para la adopción de nuevas decisiones, para la justificación de lo que se había dispuesto o, incluso, para su rectificación o para la comprobación de su cumplimiento.
Eso sí, siempre, claro está, que la información pudiera ser almacenada en forma de registro y, así, empleada de nuevo como documentación. En suma, la progresiva escriturización del despacho está relacionada con el recurso a los archivos reales, a los antiguos, como el de la Corona de Aragón, y a los de nueva fundación, como el Archivo de Simancas, instituido por Carlos I y desarrollado por Felipe II, quien, además, creó el de la Embajada española en Roma para servir a una de las más importantes negociaciones, la de la Santa Sede.
Además de permitir relacionar al rey con sus distintos reinos y pretender poner algo de orden práctico en su gobierno, la consulta escrita, como también el despacho a boca, tenía implicaciones de carácter político que son mucho más profundas y que ponen de manifiesto la problemática general de cómo era concebido el dominio real.
Cada una de las dos formas de despacho responde a una consideración distinta del oficio y de la imagen regias; el despacho a boca supone el mantenimiento de un modelo tradicional de monarca accesible que, ante todo, es un Rey Juez, mientras que la segunda forma deja abierta la posibilidad a una mayor intervención de la voluntad real en el gobierno. En este sentido, la imposición de la consulta escrita es de enorme importancia en un proceso de absolutización del poder monárquico.
En el citado Papel a Felipe II de mediados de la década de 1570 se llegaba a la conclusión de que el rey había pasado a consultar por escrito "no porque le parezca esto más conveniente, sino porque no le hable nadie, contra su obligación real que es de oír y despachar a todos, grandes y pequeños". Obsérvese que de lo que se habla es de una "obligación real" de despachar oyendo, idea que es recalcada cuando se hace una completa exposición del modelo ideal de oficio real que estaría negando la práctica entonces seguida por Felipe II.
Para el Papel, Felipe II era "culpable" ante sus súbditos y también ante Dios de no cumplir con las obligaciones de su oficio real. Por ello, se aventura que la Providencia podía abandonar al rey y, con ello, castigar a sus reinos, si no lo había empezado a hacer ya. La coyuntura en la que se redactó este alegato implacable contra el Rey Católico corresponde al momento en el que, de un lado, tomaba cuerpo la reforma hacendística y fiscal de mediados de la década de 1570 y, de otro, empezaba a hacerse frecuente el recurso a las juntas que, nuevo pecado contra las tradicionales obligaciones reales, suponía un peligro para el funcionamiento del tradicional gobierno por consejos.
El momento clave para la imposición definitiva de la consulta escrita parece haber sido, precisamente, esa década de 1570, quedando el último tercio del siglo bajo el dominio ya casi absoluto de la negociación por escrito. Cuando en 1597, siendo todavía Príncipe, Felipe III había empezado a ocuparse de los negocios de su padre enfermo, Lerma recibió un Papel en el que, con otros consejos para garantizar su futura privanza, se señalaban las tres maneras distintas de consultar que hasta entonces se habían practicado. De forma muy sintética, se explica muy bien el paso de lo oral a lo escrito en el despacho de la Monarquía.
La primera de las tres maneras de consultar empleadas había respondido al modelo de consulta plenamente oral, "donde los Presidentes (de los Consejos) consultaban a boca todos las cosas y a boca resolvía su Majestad con ellos"; en la segunda dominaba todavía la consulta a boca, pero ya había hecho su aparición el papel mediador y crucial de los secretarios, quienes "consultaban con su Majestad a boca todas las cosas, haciendo relación del acuerdo que los Presidentes y consejos tomaban en ellas y su Majestad se resolvía con ellos a boca y daban las respuestas a los Presidentes y Consejos"; y, por último, una tercera forma que responde plenamente al despacho escrito, en la que consultaban "los Presidentes y Consejos todas las cosas por papel con su firma enviando las consultas los secretarios y a ellos volvía la respuesta para decirla a los Presidentes y Consejos".